Reproducción Asistida: un largo camino que recorrer en
Jalisco.
Un breve contexto sobre la reproducción asistida en Jalisco.
Guadalajara,
Jalisco, 30 de noviembre de 2018
En el estado
de Jalisco, para las parejas infértiles el sueño de ser padres implica un
camino largo, exhaustivo y costoso; según las cifras de la Organización Mundial
de la Salud (OMS), una de cada cuatro parejas mexicanas, presentan problemas de
infertilidad. En el país, de acuerdo con datos del INEGI, aproximadamente 1.5
millones de parejas detectan este problema.
“Fue mucho desgaste emocional y físico, subí mucho de peso,
nos gastamos nuestros ahorros, pero al final todo valió la pena por tener a
nuestra bebé con nosotros, es lo más maravilloso ser su mamá y verla crecer.” nos cuenta Wendy Estrada, quien junto con su pareja,
decidieron sortear todos los obstáculos, emociones y desilusiones.
Una de las
alternativas de estas parejas es someterse a Técnicas de Reproducción Asistida
(TRA) que se define según la OMS, como; ‘’aquellas que suponen todos los
tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos
como de espermatozoides o embriones humanos, para el establecimiento de un
embarazo. Esto incluye, pero no está limitado sola a, la fecundación in vitro
sino también a la transferencia de embriones, la transferencia intratubárica de
gametos, la transferencia intratubárica de cigotos, transferencia intratubárica
de embriones, la criopreservación de ovocitos y embriones, la donación de
ovocitos y embriones, y el útero
subrogado.’’
Fue en el
2011 cuando Wendy Estrada y su pareja, iniciaron el camino para cumplir su
sueño de ser padres; el cual comenzó con la búsqueda incesante de opciones
disponibles para ellos. Un año después optaron por realizarse estudios médicos.
‘’En enero de 2013 hicimos un proceso de seguimiento
folicular sobre estimulando
ovulación con medicamentos, después repetimos algunos estudios, porque
cambiamos de médico y resulté tener hipotiroidismo, por lo que me canalizaron
con un endocrinólogo y hasta diciembre de 2013 fue que logramos regular mi
tiroides.’’
En una
entrevista con Erika, enfermera de una reconocida clínica de reproducción
asistida nos comenta que “los tratamientos que se ofrecen en las clínicas se
dividen en dos, los de baja complejidad y los de alta complejidad, los de baja
complejidad son coitos programados y la inseminación artificial porque no
requiere mucha cantidad de medicamentos para estimular los ovarios y es casi
siempre para pacientes jóvenes de 26 a 30 años.
Los de alta complejidad vendrían siendo la
fertilización in vitro y ovodonación, en la cual las pacientes reciben óvulos
donados para que puedan quedar embarazadas; son de alta complejidad porque
requieren de mucho tratamiento para estimularlas, ocupan estar en quirófano
y la fecundación y el desarrollo del
embrión se desarrolla en laboratorio.”
Los vacíos legales
El artículo
4° de la Constitución Política de México, desde junio de 2018, incluyó el
Derecho a la Reproducción Asistida como parte del ‘’Derecho a Decidir de Manera
Libre, Responsable e Informada, Sobre el Número y Espaciamiento de sus
Hijos’’; los costos de dichos
tratamientos, son una de las principales limitantes, ya que oscilan entre los
18 mil pesos por una inseminación
artificial, hasta los casi 120 mil pesos por un tratamiento de ovodonación; dependiendo del tratamiento que
requiera la pareja, el precio puede aumentar si se considera el costo de los medicamentos.
Pedro,
biólogo en Reproducción Humana comenta que dentro de los Tratamientos de
Reproducción Asistida, el costo de los medicamentos suele ser muy elevado. ‘’Más o menos se gasta un paciente entre 25
mil a 35 mil pesos en medicamentos’’
La
Reproducción Asistida como parte de un derecho fundamental establecido en la
Constitución, se convierte en responsabilidad del Estado, y como tal, debiera
tener principios de igualdad y no discriminación; sin embargo, el hecho de que
esté inscrito en la ley, no garantiza que su aplicación sea adecuada y esté al
alcance de todos.
Iniciativa de
creación de la ley de reproducción asistida aprobada por la cámara de senadores.
El marco
legal establecido en 1982 por el cual se rigen las clínicas de reproducción
asistida, está delimitado por la Ley General de Salud en su artículo 5°; sin embargo
no existen leyes específicas que regulen sobre las Técnicas de Reproducción
Asistida. Cabe señalar que en el 2012, la senadora del Grupo Parlamentario
perteneciente al Partido Acción Nacional, Maki Esther Ortiz Domínguez presentó
el ‘’Proyecto de Decreto que crea la Ley General de Reproducción Humana
Asistida y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud’’, el cual
no llegó a implementarse ya que sólo fue aprobado por la Cámara de Senadores el
28 de abril de 2016 en la cual se determina que “Se define el concepto de embrión como el producto de la fertilización a
partir de esta y hasta el término de la decimosegunda semana gestacional, y
establece que sólo pueden ser generados con el fin de la fertilización humana,
prohíbe la selección de embriones por cualquier motivo, incluyendo sexo, que
atente contra la dignidad humana; su comercialización y traslado fuera del
territorio nacional.”
¿Reproducción Asistida o donación de órganos?
Un dato
obtenido del Consejo Estatal de Trasplantes de Órganos y Tejidos a través de
una solicitud de transparencia folio 055597018, especifica que los métodos de reproducción asistida están
clasificados como trasplantes y el marco normativo en el que se encuentran es
el de la donación de órganos, el cual establece que el control sanitario de
la disposición de órganos, tejidos y células es materia de salubridad general.
De ahí que las instituciones que podrían hacerse cargo de la regulación son el
Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA) y la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
Sin embargo,
la normativa que existe es ambigua o simplemente omitida, lo que supone un
vacío legal en situaciones como la determinación de los procedimientos y
requisitos que deberán cumplir tanto receptores y donadores involucrados en la
realización de alguna de las técnicas de reproducción asistida; así como en los
centros autorizados para su aplicación. Como resultado de esta ambigüedad,
existe un problema ético en torno a la Reproducción Asistida, el cual
posibilita que se puedan realizar procesos ilícitos sin que conlleven sentencia
alguna.
En el caso
de las clínicas, las cuales, al no existir un reglamento específico para las
especializadas en Técnicas de Reproducción Asistida, reciben un permiso de la
COFEPRIS para funcionar como cualquier otro establecimiento de servicio médico.
Hasta noviembre de 2018, según datos obtenidos por transparencia folio
055597018, el Consejo Estatal de Trasplantes de Órganos y Tejidos (CETOT),
tiene registradas 10 Clínicas de Uso de Células Germinales en
Jalisco con permiso para llevar a cabo Técnicas de Reproducción
Asistida, dentro de las cuales se encuentran: Hospital México Americano;
Instituto Mexicano de Infertilidad; Unidad de Reproducción del Country S.C.;
Instituto de Ciencias en Reproducción Humana de Guad, S.C.; Instituto IMER de
Occidente S.C; Norma Patricia Ramos González; NEW HOPE FERTILITY CENTER S. DE
RL DE C.V.; Ginecología Integral de Guadalajara S.C.; Instituto de Terapia
Celular S de R.L. de C.V.; Life Cryobank S.C.; y otras 2 Clínicas de Uso de
Células Progenitoras registradas como BMT de Occidente S.A. de C.V. y Top Healt
S.A.P.I de C.V.
Sin embargo
en un mapeo general que se llevó a cabo, evidenciamos la existencia de 8
clínicas más que no están registradas en la base de datos del CETOT, las cuales
son: Biofertility Center,
Ingenes Guadalajara, Dr. José Francisco Vélez Pérez, Macyra Internacional s.a
de c.v, The Fertility Institutes Guadalajara México, Clínica de Fertilidad Guadalajara
Reproducción Asistida, Alfa Vita y Omnisalud – Orgánica.
Es claro que al no existir una regulación en materia de
Reproducción Asistida, pero sí una alza en la demanda de estos procedimientos,
la cantidad de clínicas para ofrecerlos, también irá en incremento. Llevar una
etiqueta de ‘’infertilidad’’ puede sacudir emocionalmente a una pareja que ha
planeado durante mucho tiempo el formar una familia y aceptar la
responsabilidad de ser padres. La esperanza puesta en las Técnicas de
Reproducción Asistida y las clínicas, lleva a una búsqueda imparable de
diagnósticos alentadores.
‘’Entre
enero y abril del 2014 intentamos dos inseminaciones artificiales; en el primer
intento se reventó el folículo antes de tiempo, por lo que no pudimos hacer la
inseminación, en el segundo intento, todo el proceso fue normal pero no nos
pegó. El resto del 2014 fuimos con otro doctor que nos cambió la alimentación y
hábitos, pero seguíamos sin lograr el embarazo.’’ Cometa Wendy
Estrada.
El destino de los
embriones
Pedro, biólogo en reproducción humana, nos comenta
que todo proceso inicia con estudios ‘’Principalmente
son ecografías vaginales y análisis de semen, desde ahí te va a dar la pauta
para evaluar el potencial fértil, que es como se le llama. No puedes entrar a
un procedimiento de reproducción asistida sin una evaluación de tu potencial de
fertilidad’’. Después de los estudios, se analiza cuál es el tratamiento
adecuado a la evaluación de cada pareja, siendo la fertilización in vitro uno de los tratamientos más cotidianos.
“En abril del 2015 cambiamos de clínica e hicimos un primer
in vitro logramos tres embriones de no muy buena calidad y no lo logramos. En
septiembre fue nuestro segundo intento y sólo logramos un embrión, pero de
excelente calidad, sin embargo, no logramos el embarazo.” continuó Wendy Estrada.
Además de la montaña rusa de emociones
y acontecimientos que vive la pareja, el desgaste físico, la espera, el
desembolsar una suma importante de dinero, están los varios intentos fallidos. Es en estos últimos donde la falta de una normativa
específica para la Reproducción Asistida y cada una de sus implicaciones, tanto
en procedimientos como resultados, tiene repercusiones a niveles éticos.
Partir de la preguntas ¿Cuántos embriones están permitidos
en un tratamiento invitro?, y, ¿cuál es el destino final de estos, cuando no
resultan exitosos?, supone un nueva irregularidad dentro del campo de la
Reproducción Asistida.
En una entrevista con Erika, enfermera
de una reconocida Clínica de Reproducción Asistida en Jalisco, nos explica que
los tratamientos son vendidos por paquetes
de intentos: “Hay un programa que está en en la clínica en el cual,
dependiendo de los intentos que hayas pagado, son las veces que se te van a
tratar de implantar embriones. Hay de un intento, de dos, de tres y hasta de
cuatro intentos; también depende del historial de la paciente ya que si ha
hecho mucho intentos en otro instituto, a ella le van a querer ofrecer el que
tenga la mayor cantidad de intentos para que realmente pueda quedar embarazada
y si no llegara a quedar embarazada, se
platica con la paciente y la vuelven a preparar para ser sometida al
tratamiento, hasta que quede embarazada’’.
Acerca de esto, es importante
subrayar que no existe una especificación en el marco legal sobre la
Reproducción Asistida, que explique cuántos embriones o cigotos pueden ser
utilizados como prueba antes de lograr el embarazo deseado y cuál será su
destino. En cuanto a esto último, Efraín un médico residente de genética nos
comenta que los cigotos que no lograron ser casos
exitosos “se consideran como
material biológico infeccioso, potencialmente. Son categoría amarilla, porque
ésta se refiere a todo lo que son tejidos humanos y eso incluye placenta,
cordón umbilical, restos fetales, restos embrionarios, etc.”
Según la Ley General de Salud en su
Capítulo VII en su Artículo 77 ‘’Queda prohibido terminantemente, producir más embriones de los que se
requieren para obtener un éxito razonable en el proceso de implantación y
transferencia de embriones a la paciente, evitando con esto el hecho de
producir embriones sobrantes y su eventual crioconservación o destrucción’’. Lo
mismo indica el genetista Efraín: “así sea un solo embrión, se tiene que
mantener almacenado. Yo no puedo desechar un cigoto.”
Pero existen casos, en los cuales las parejas dan la
indicación de desechar los embriones almacenados. Tal como es el caso de la
famosa Actriz Sofía Vergara, quien tras separarse de su pareja, se vio
involucrada en un juicio legal, por la custodia de los cigotos que mantenían
congelados y que posteriormente serían utilizados en un vientre de alquiler, al
ganar ella la demanda estos fueron descongelados y desechados.
“Mientras no haya una indicación, no lo puedes desechar.
Pero hay que pensar en el vacío legal que existe en México. Yo no puedo hacerlo
porque es un ‘’ser vivo’’ argumenta Efraín.
Casos como este van más allá de sólo el campo clínico, transgreden el
ámbito ético y moral tanto de las parejas como de los médicos que se ven
involucrados.
La historia de Wendy Estrada tampoco sale de esta situación.
En julio de 2016, todavía con esperanzas después de los dos primeros intentos
por cumplir con su deseo de convertirse en madre, regresó a las clínicas.
‘’Repetimos algunos estudios y en septiembre iniciamos el tercer proceso in vitro,
pedimos que fuera con mis óvulos ya que después de lograr un embarazo natural
(que no logró concluirse) lo quisimos intentar así, esta vez decidieron
congelar los óvulos, dos de muy buena calidad, y limpiar mi cuerpo de hormonas
por dos meses. El 11 de noviembre de
2016 me los pusieron y finalmente lo logramos. ’’
“Como tal en México no es legal tener material genético
almacenado, material que se extrajo aquí. Esos procedimientos aunque se pueden
hacer, no están regulados. Pero todo material genético que tú obtengas, desde
un triplete de bases hasta el genoma entero de una persona o una
muestra de sangre, tendría que estar marcado de su procedencia, siempre.’’
Respondió Efraín al preguntarle sobre el registro que las clínicas deberían de
llevar acerca de los cigotos implantados y los que no.
Las clínicas de Reproducción Asistida, al permitírseles un
permiso con el que funcionan como cualquier otro establecimiento médico, no
están obligadas a llevar un registro de sus actividades, ya que el control de
registros de procesos realizados, donaciones o desechos está presente sólo en
las clínicas que registran su especialidad en estos procesos.
Los riesgos
‘’Potencialmente todos los residuos son clasificados en
amarillos y rojos en contenedores específicos y tienen un tratamiento muy
especial. Cuando no cumples la norma de limpieza de RPBI que incluye todo lo
que tú te imagines como líquido (amniótico, placenta, restos de aborto, semen)
recibes una fuerte multa por parte de Secretaría de Salubridad, que penaliza el
mal manejo de RPBI. El Departamento de Regulación Sanitaria de Secretaría de
Salubridad, es el encargado de vigilar todo eso. Todos los hospitales y
clínicas tienen que rendir cuentas del RPBI que generan’’ menciona Efraín.
La ambigüedad de conceptos utilizados para hablar de la
normativa en Reproducción Asistida, permite que no exista una especificación en
la clasificación de los residuos clínicos, así, en vez de clasificarse como lo
que son, se incluyen como parte de un común de tejidos humanos, imposibilitando
el control de los cigotos que, pese a la Ley General de Salud, son desechados
por las clínicas.
A pesar de los constantes avances
científicos en el ámbito de la Reproducción Asistida, y el hecho de que logren
cumplir el sueño de muchas de las parejas en el estado de Jalisco, existen
otras situaciones que no pueden dejarse de lado. Estos procesos suelen ser
agotadores en todo el sentido de la palabra, el hecho de que exista un marco
legal que proteja a quienes forman parte de todo el proceso es una enorme
necesidad.
Para las clínicas que trabajan de
forma regular, tanto para las que funcionan con un permiso general, la búsqueda
de un deseo inagotable, puede ser una buena fuente para lucrar. El sueño se
convierte en cifras cuantiosas de varios intentos, en problemas emocionales, en
riesgos para el cuerpo de la mujer que está sometiéndose a dichos tratamientos,
en violaciones a lo establecido en los marcos generales de salud referidos a
los desechos y la no criopreservación, así como las ‘’compensaciones’’ que
reciben quienes se ofrecen a ser donadoras o donadores de células.
Así, el camino largo, exhaustivo y
costoso, va más allá de la experiencia de quienes se someten a los
tratamientos, se vuelve largo y exhaustivo para quienes han perdido las
batallas por tratar de buscar una regulación y una ley específica; y costoso,
no sólo en los recursos económicos, sino también para quienes experimentan las
pérdidas, los vacíos y las luchas éticas que giran en torno a la Reproducción
Asistida.
Reportaje
por:
Mónica Ivette Castro
Salazar
Jannelli Montserrat Herrera Cardoso
Mariluz Martínez Berlanga
José Trinidad Niniz López
Karen Tatiana Suárez Escamilla
Karen Elisa Villalobos Mendoza
María Concepción Pérez Hernández
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